El Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social (INAES) comunicó oficialmente el «retiro de autorización para funcionar» de 8.534 cooperativas y 672 mutuales por «incumplimiento al proceso de Actualización Nacional de Datos y la omisión en la presentación de la documentación asamblearia y estados contables». La novedad fue publicada a través de las resoluciones 1.364/2024 (cooperativas) y 1.365/2024 (mutuales).
Las resoluciones explican que se llegó a esta determinación luego de un largo proceso de análisis, que incluyó revisiones de años anteriores, ya que dentro de las suspensiones entraron las entidades que no cumplieron con el proceso de Actualización Nacional de Datos dispuesto por el Instituto en los años 2018 y 2019.
Más precisamente, el análisis que completó el INAES abarca, según las resoluciones respectivas, «desde el 1º de febrero de 2017 hasta el 29 de febrero de 2024». Allí, se explica que unas 718 entidades remitieron algún tipo de documentación, por lo que siguen vigentes.
Pero, dice el documento oficial, «se verificó que la mayoría de las cooperativas y mutuales sumariadas no se han presentado a ejercer tal derecho (¡?) ni han realizado actos o manifestaciones que de alguna manera anuncien, aunque sea en forma tácita, la voluntad de regularizar su situación institucional en cumplimiento de la normativa vigente».
Si se toma en cuenta que en abril pasado se puso el foco en 11.752 entidades por supuestas irregularidades, con toda esta revisión, el INAES verificó que el 75 por ciento de aquel padrón no está en condiciones de funcionar, es decir tres de cada cuatro entidades.
Según lo publicado en Boletín Oficial, «en razón de las circunstancias descriptas, la gravedad y verosimilitud de las transgresiones constatadas respecto de este último grupo de entidades, hacen razonable se aplique a las entidades detalladas en el Anexo V el retiro de autorización para funcionar».
Además, el INAES dio «intervención a la Dirección de Infracciones, Liquidaciones e Intervenciones Judiciales, con el objeto que ponga en conocimiento sobre la presente resolución a los Órganos Locales Competentes, a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP-DGI) y a los Organismos Supervisores que correspondan y realice las gestiones tendientes a determinar la existencia del remanente patrimonial».
Vale recordar que todo este proceso se inició a través de las resoluciones 878 y 879/2024, votadas por el Directorio del INAES, donde se suspendieron de forma provisoria a más de 11.000 cooperativas con el pretexto de falta de documentación o incumplimiento de normativas. Sin embargo, dentro de ese universo no todos los casos son iguales y por ello requieren de diferentes tratamientos para solucionar estos inconvenientes.