Con el propósito de incentivar el uso de buenas prácticas en el organismo, el INAES creó el Programa de Integridad y Transparencia. Se trata de la Resolución 3404/22 INAES, la que tendrá por fin incentivar el uso de buenas prácticas y una cultura de integridad en dicho organismo. Uno de sus objetivos específicos será proponer e implementar herramientas para prevenir, detectar y asegurar una adecuada gestión de los conflictos de intereses que pudieran afectar la independencia de criterio de sus funcionarios.
La nueva normativa establece textualmente:
1.- OBJETIVO GENERAL
Promover el uso de buenas prácticas y una cultura de transparencia e integridad en el ámbito del Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social. A tales fines, el INAES procederá en línea con los estándares y recomendaciones formuladas por los organismos nacionales e internacionales de prevención de la corrupción, partiendo de la premisa de que la función pública es un servicio a los ciudadanos, a quienes se les debe rendir cuentas sobre la administración de los recursos y asuntos públicos.
2.- OBJETIVOS ESPECÍFICOS
** Fortalecer las políticas de transparencia y desarrollar acciones tendientes a fomentar una cultura de transparencia e integridad para los funcionarios del organismo.
** Capacitar en materia de transparencia, integridad y lucha contra la corrupción al personal del Instituto.
** Establecer vías de acompañamiento, consultas y denuncias sobre actos ilícitos, delictivos y/o inapropiados.
** Proponer e implementar herramientas para prevenir, detectar y asegurar una adecuada gestión de los conflictos de intereses que pudieran afectar la independencia de criterio de los funcionarios del organismo.
3.- ACCIONES DE LA UNIDAD DE INTEGRIDAD Y TRANSPARENCIA
A fin de cumplir los objetivos expuestos ut supra, la Unidad de Integridad y Transparencia dependiente de la Dirección General Técnico Administrativa, podrá:
** Brindar acceso a la información que se encuentre en poder del Instituto, promoviendo la participación ciudadana y la transparencia de la gestión pública, previstas en la Ley 27.275.
** Impulsar la formulación y/o adecuación del código de ética y conductas de los funcionarios sobre la base de un análisis de los riesgos y problemáticas específicas.
** Asesorar y responder consultas que realicen funcionarios en ejercicio, así como formular recomendaciones preventivas sobre la base del análisis de sus declaraciones juradas y de los antecedentes laborales declarados en vista de sus atribuciones específicas.
** Promover y asesorar acerca de la inscripción en el “Registro de Obsequios de
Funcionarios Públicos” los obsequios, regalos, y/o donaciones recibidos conforme al marco establecido en la Ley de Ética en el Ejercicio de la Función Pública N° 25.188 y sus normas complementarias (Decretos Nros. 41/99 y 1.179/16).
** Promover el cumplimiento del régimen de declaraciones juradas patrimoniales y de intereses por parte de los funcionarios obligados, en los términos previstos en la Ley N° 25.188 e instar herramientas para detectar situaciones en donde pudiera encontrarse afectada la independencia de criterio de los agentes del Instituto.
** Asesorar en el análisis de las iniciativas incluidas en el Plan Nacional Anticorrupción 2019-2023, aprobado por el Decreto N° 258 de fecha 10 de abril de 2019, con el objeto de alinear las mismas con las propias iniciativas del Instituto.
** Diseñar y proponer la implementación de un canal de reporte de infracciones a las normas sobre ética pública y al régimen de conflictos de intereses, que contemple la protección de los denunciantes de buena fe, la reserva y protección de su identidad y pautas concretas para su tratamiento y eventual derivación, previa comunicación al Presidente del Directorio, a la Oficina Anticorrupción, en su carácter de Autoridad de Aplicación de la Ley N° 25.188 (y sus normas modificatorias y complementarias).
** Derivar a la Dirección de Planificación de Políticas de Transparencia de la Oficina Anticorrupción, previa comunicación al titular de la Dirección General Técnico Administrativa y al Presidente del Directorio, las denuncias que se reciban sobre infracciones al régimen de conflicto de intereses contenido en la Ley N° 25.188 y sus normas modificatorias y complementarias.
** Informar, a requerimiento de las áreas del organismo que intervenga en los
procedimientos de designación de nuevos funcionarios o funcionarias, la existencia de eventuales incompatibilidades y alertar sobre las restricciones que, en virtud de sus antecedentes laborales y sus intereses patrimoniales, impactarían sobre el ejercicio de sus cargos.
** Crear y proponer un Plan de Capacitación en Integridad y Transparencia sobre la materia considerando la estructura del INAES.
** Proponer acciones de transparencia activa y eventuales mejoras a los canales de comunicación del Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social, en particular a su página web, a fin de su adecuación a los más altos estándares internacionales, articulando esta acción con las restantes áreas con competencia específica en esta materia.
** Colaborar en el cumplimiento y monitoreo del Decreto N° 202 de fecha 21 de marzo de 2017 en el ámbito del Instituto, instando a las áreas responsables a la observancia de las medidas de transparencia normativamente previstas.
** Impulsar y monitorear el cumplimiento del convenio celebrado con la Oficina
Anticorrupción (IF-2021-120690016-APN-PI#INAES) en lo relativo al Registro de
Integridad y Transparencia (RITE).