Como consecuencia de una presentación efectuada oportunamente por la Confederación Argentina de Mutualidades (CAM), el Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social (INAES) dispuso la modificación de una resolución emitida por el organismo nacional en el año 2001, que condicionaba los balances de mutuales y cooperativas.
Entre los considerandos de la Resolución 3556/2022, publicada en el Boletín Oficial, el INAES determinó que «al mantener las entidades las tenencias de inversiones hasta su vencimiento, resulta necesario que los intereses devengados puedan contabilizarse en su totalidad».
Añade seguidamente que «se advierte como conveniente, modificar la normativa en cuanto a la limitación establecida en el artículo 3º inciso e) del citado acto administrativo, pues ello permitirá reflejar los resultados de la tenencia de la inversión».
Fabián Brown, directivo de CAM, brindó referencias sobre el particular. Puntualizó que «a raíz de la crisis de los años 2001 y 2002, el Estado Nacional obligó a muchas entidades, entre ellas mutuales y cooperativas, a comprar bonos de la deuda y se les permitió colocar estos bonos en el balance como activos de las entidades. Cuando vino la reestructuración de la deuda, en el 2020, los bonos cambiaron. Al cambiar los bonos, caía la resolución del INAES. Como estos bonos son intransferibles, lo que se hizo en el 2020 fue convertir los antiguos bonos a los nuevos bonos emitidos por el Estado, que siguen estando en los balances de las entidades».
Se tuvo en cuenta que una de las limitaciones surgidas de esa reestructuración es que los intereses no eran contabilizados en los balances. «Lo que hicimos esta vez es autorizar que los intereses estén contados en los balances para que el interés generado por los balances pueda ser parte del activo. En realidad, lo que estamos tratando de hacer es generar mayores márgenes de que las entidades no estén en rojo. La inestabilidad financiera que estamos viviendo generó mucho retiro de depósito, entonces estamos tratando de sostener», explicó Brown.
Esta modificación provino como consecuencia de una solicitud puntual de CAM, que encauza las inquietudes de las mutuales y monitorea la situación. «Nosotros somos los representantes del sector ante el Estado, dentro del INAES somos vocales del mutualismo. La actual legislación argentina siempre es muy restrictiva para el sector de la Economía Social. Los bancos y otras entidades tienen facilidades que el sector no. Lo que estamos tratando de hacer es generar las mejores condiciones de estabilidad para pasar este tiempo. Este tema de los intereses hace dos años atrás no era un problema. Hoy lo es por los límites dentro de los que estamos jugando», añadió el dirigente.
Finalmente, a través de la Resolución mencionada, se procedió a la eliminación de ese inciso para mutuales y cooperativas que hubiesen recibido títulos públicos del Estado Nacional con motivo de la reestructuración de deuda.