A través de una resolución del INAES, se dio a conocer la evaluación realizada al accionar de la Asociación Mutual Aoni Kenk, con aspectos críticos de las operatorias llevadas a cabo hasta julio del 2022. También se advirtió la prestación del servicio de ayuda económica mutual, sin un reglamento aprobado por la autoridad competente (el INAES).
El Directorio del Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social (INAES), a través de una Resolución, hizo saber a la Asociación Mutual Aoni Kenk — de los trabajadores de la Cooperativa 16 de Octubre — que deberá mantener la abstención de realizar la operatoria del servicio de “ayuda económica mutual”, así como de brindar cualquier otro tipo de servicio de crédito.
Asimismo, se encomendó a la Dirección de Supervisión de Cooperativas y Mutuales, a hacer un seguimiento institucional, con el objeto de verificar los estados contables y demás documentación que se estime pertinente, a fin de evaluar si desde la abstención dispuesta por la Resolución, y hasta el cierre del ejercicio económico en curso, la entidad mencionada (Aoni Kenk) ha realizado o no actividades vinculadas a la operatoria observada. Además, se solicita la instrucción de varios sumarios de personas relacionadas con la Mutual.
En los considerandos el Directorio del INAES alude a la instrucción de un sumario,atento a haber brindado el servicio de ayuda económica mutual con fondos propios, sin contar con el respectivo reglamento aprobado por el Instituto, ni con un convenio firmado con la Cooperativa 16 de Octubre, para que ésta retuviera de los haberes de los asociados a la mutualidad, el monto de las cuotas periódicas y las de los préstamos otorgados.
Se le fijó un plazo de 10 días hábiles a la Mutual Aoni Kenk, para que en caso de considerarlo pertinente, proceda a tomar vista de las actuaciones sumariales, a fin de que de considerarlo pertinente, presente un escrito manifestando lo que estime corresponder sobre lo actuado, y en su caso alegar lo que evalúe sobre los elementos producidos.
El organismo puntualiza tres aspectos críticos en la operatoria de la Mutual: la prestación del servicio de ayuda económica mutual, sin un reglamento aprobado por la autoridad competente (el INAES), incumplimiento que pone en tela de juicio la legalidad de las operaciones realizadas desde julio del 2022.
La falta de registro de los fondos de ayuda económica mutual en los estados contables y las memorias presentados al INAES, que evidencia una carencia significativa en la transparencia y control financiero, lo que representa una infracción grave a las normativas regulatorias.
La falta de regulación y transparencia podría tener graves repercusiones para los asociados de la Mutual, entre otras consideraciones.